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¿Qué cambios tendrá el sistema tributario cubano en 2024?

La Habana, 17 ene.- La Gaceta Oficial de la República de Cuba publicó la víspera un conjunto de disposiciones legales del Ministerio de Finanzas y Precios vinculadas a procesos presupuestarios y tributarios que vivirá el país en el año que transcurre.

Juan Carlos Vilaseca Méndez, vicejefe de la Oficina Nacional de Administración Tributaria (ONAT), expresó este martes en el programa radio-televisivo Mesa Redonda que esa normas son la continuidad de los principios de generalidad y equidad de la Ley Tributaria.

Manifestó que las normativas garantizan la consolidación del sistema tributario para el 2024 y evidencian el interés del Estado por proteger a todos los actores económicos, incluidos los titulares -quienes aportarán el 20 por ciento (%) – y los empleados de los proyectos de desarrollo local, de las cooperativas no agropecuarias (CNA) y de las micro, pequeñas y medianas empresas (mipymes).

Vilaseca Méndez comentó que una resolución como la 303/2023 se vincula a la campaña de declaración jurada, donde se indica el pago del dos por ciento del sector agropecuario, lo cual se descontará de los ingresos personales.

La número 304 exige a los trabajadores que reciben gratificaciones (aquellos que laboran en sedes diplomáticas y sucursales extranjeras) el pago de tributos, basados en la escala progresiva de liquidación de impuestos sobre los ingresos personales, acotó.

El vicejefe de la ONAT enfatizó en que este sector de contribuyentes pagará por los tres primeros trimestres del año, mientras que el último trimestre se liquidará directamente de la declaración jurada.

Dijo que la resolución 307/ 2023 tiene que ver con el tratamiento financiero, tributario y de precios a las CNA, las cuales aportarán el 10 % de los impuestos sobre ventas y servicios como el resto de los actores económicos del país.

El tratamiento tributario a las mipymes se encuentra recogido en la Resolución 306/2023.

La norma jurídica no exonerará a esos actores económicos del pago de los impuestos durante su creación.

Para ello se tuvo en cuenta la capacidad económica de esas empresas que, durante más de dos años de existencia, tuvieron los beneficios del sistema tributario, aseguró el vicejefe de la ONAT.

Las Mipymes pagarán impuestos no solo por las ventas directas a la población, sino que aportarán al presupuesto del Estado por la totalidad de las ventas y de sus ingresos, señaló.

De estas normas, solo la 303, la 304 y la 306 impactan directamente en la campaña anual del pago de impuestos sobre ingresos personales, resaltó Belkis Pina Hernández, vicejefa primera de la ONAT.

Esa entidad potenciará el uso de las plataformas digitales para que los contribuyentes firmen su declaración jurada y realicen los pagos con mayor facilidad y comodidad.

Pina Hernández instó a no evadir los impuestos, pues además de las sanciones que la ley establece ante tal comportamiento, esa situación repercute en la economía nacional y en los servicios públicos. (Tomado de la Agencia Cubana de Noticias)