Constitución Cubana defiende la dignidad humana, sus deberes y derechos
Santa Cruz del Sur, 18 jul.- El artículo 40 del título quinto de la Constitución de la República de Cuba destaca como valor supremo la dignidad humana de la que defiende sus deberes y derechos, en correspondencia con los principios de progreso, igualdad y no discriminación. Todas las personas, ha quedado bien definido, son iguales ante la ley. Reciben la misma protección y trato.
El Presidente de la República Miguel Díaz-Canel Bermúdez ha exhortado a que la sociedad toda no tolere la violencia de género ni familiar. Es esta una batalla que requiere conciencia, educación, cultura y formación de valores. El mandatario ha reiterado que la ciencia, la comunicación social y transformación digital son elementos claves en la gestión de Gobierno para la tolerancia cero a la violencia de género y cualquier forma de discriminación hacia la mujer.
A su vez, los gobernantes de esta isla le dan suma importancia a las personas con discapacidad para que se les respete desde lo individual y universal todos los derechos, otra gran conquista de las numerosas de la Revolución cubana, proceso netamente socialista que no deja a nadie desamparado.
Al archipiélago fidelista y martiano lo distingue colocar al ser humano en el centro de todos los máximos objetivos sociales, constitucionales y jurídicos. Dígase hombre y se habrán dicho todos los derechos, destaca la expresión pensada y escrita por el Héroe Nacional cubano José Martí. Por ninguna razón se dejará de actuar así. Las libertades y oportunidades de todos los cubanos continuarán garantizadas.