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Decreto-Ley 35 en Cuba: deberes y derechos (+ Video)

La Habana, 25 ago.- La nueva norma jurídica de las telecomunicaciones, el Decreto-Ley 35, establece los deberes y derechos de los operadores, de los proveedores de servicios y de los usuarios, además de que es coherente con la definición del Servicio Universal de Telecomunicaciones, aseguró Ernesto Rodríguez Hernández, viceministro cubano de Comunicaciones (MINCOM).

Rodríguez Hernández explicó al diario Granma que la norma habilita un grupo de cuestiones, de las cuales algunas se implementarán de inmediato y otras en la medida en que las condiciones lo permitan; y agregó que se logra una mayor jerarquía para los servicios de telecomunicaciones y para el espectro radioeléctrico, y permite a su vez un mejor ordenamiento del marco regulatorio.

Por su parte, el director de Regulaciones del MINCOM, Wilfredo López Rodríguez, apuntó que para la elaboración de la normativa se consultaron leyes de telecomunicaciones de Bolivia, España, Colombia, Perú, Argentina, Chile y Venezuela, fundamentalmente; además de añadirse algunos conceptos de la regulación europea sobre las TIC, y recomendaciones de la Unión Internacional de las Telecomunicaciones.

En cuanto a los derechos y deberes de los usuarios que plantea el Decreto-Ley 35, explica Granma que reciben la garantía en los servicios que se les presten, bajo el cumplimiento de los principios de inviolabilidad y privacidad de las telecomunicaciones y de sus datos personales, salvo las excepciones establecidas en la legislación vigente.

Señala el diario que concibe como otros derechos obtener la debida compensación por la interrupción del servicio que se contrata, debido a fallas atribuibles a los operadores y proveedores, de acuerdo con lo que se establezca en el contrato firmado por ambas partes.

Además, la posibilidad de realizar las solicitudes, quejas, reclamaciones u otro tipo de inconformidades, y que sean debidamente atendidas y respondidas en los plazos establecidos.

Sobre los deberes, López Rodríguez resaltó que los usuarios responden por la utilización de los servicios.

Enfatizó que deben impedir que los servicios de telecomunicaciones/TIC se empleen para atentar contra la seguridad y el orden interior del país, transmitir informes o noticias falsas, o en acciones dirigidas a ocasionar afectaciones o perjuicios a terceros o como medio para cometer actos ilícitos.

El titular de Regulaciones del Mincom subrayó que se establece el deber de todo usuario de no utilizar el servicio de las telecomunicaciones para lo antes descrito, y que en ninguno de estos deberes se limita la libertad de expresión.

Reseña Granma que en este sentido el MINCOM, en correspondencia con lo establecido en el Decreto-Ley y en el marco normativo sobre la protección al consumidor, vela por que en los servicios públicos de telecomunicaciones/TIC se salvaguarden los derechos de los usuarios. (ACN) (Foto: Internet)