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Defensa Civil en Cuba define medidas para el cumplimiento de la cuarentena

La Habana, 9 abr.- Acorde con la decisión adoptada por la dirección del país de declarar la fase de Transmisión autóctona limitada de la Covid-19, ante la aparición de casos confirmados de la enfermedad en pequeños conglomerados, sin vínculo con viajeros procedentes del exterior cubanos o extranjeros, se establecen las medidas de cuarentena según los criterios técnicos de la autoridad sanitaria del Ministerio de Salud Pública y en correspondencia con las medidas contenidas en el Plan para la  prevención y control del nuevo coronavirus.

La medida de cuarentena en aquellos lugares donde se establezca, comprende la limitación rigurosa y la prohibición del movimiento de la población hacia y desde las zonas afectadas por la enfermedad, el incremento de la pesquisa activa para la detección, aislamiento y tratamiento oportuno de los enfermos, la desinfección y otras medidas sanitarias.

La cuarentena se establecerá de forma escalonada teniendo en cuenta los límites de manzana, circunscripción, consejo popular, municipio y provincia, en correspondencia con el comportamiento de la enfermedad y por decisión del Grupo Temporal Nacional a propuesta de los presidentes de los Consejos de Defensa Provincial.

Se orienta a la población participar activa y responsablemente en el cumplimiento de las medidas orientadas por el Ministerio de Salud Pública y los consejos de Defensa de los territorios, contribuir al éxito de la pesquisa activa y las acciones de aislamiento que correspondan en cada caso, asistir a las instituciones de salud ante los primeros síntomas de la enfermedad y mantenerse informada a través de los medios oficiales de comunicación masiva.

ESTADO MAYOR NACIONAL DE LA DEFENSA CIVIL