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Cuba 2019: año de reformas constitucionales

La Habana, 27 dic.- El 2019 finalizó en Cuba con un Consejo de Ministros reestructurado y varias leyes aprobadas bajo la reforma constitucional que comenzó en junio de 2018 y culminó con la proclamación de la nueva Carta Magna en abril pasado.

 

Tras una amplia consulta popular, casi siete millones de cubanos aprobaron la actual ley de leyes que, como su antecesora de 1976, ratificó el carácter socialista de Cuba y el rol del Partido Comunista como rector de la sociedad.

Asimismo, amplió los derechos y las garantías individuales y fortaleció el poder popular en la base (los municipios).

Una diferencia con la de 1976, es que la actual Constitución identificó varias formas de propiedad, entre ellas la socialista de todo el pueblo, la privada y la personal, y estimuló la inversión extranjera, entre otros asuntos. La Constitución aprobada planteó cambios en la estructura del Estado al retomar las figuras de presidente de la República y de Primer Ministro y como resultado, entró en vigor una función Ejecutiva bicéfala distribuida entre el Presidente (Jefe del Estado) y el Primer Ministro (Jefe del Gobierno).

Ese último cargo recayó en el extitular de Turismo Manuel Marrero, quien ahora se convierte en la mano derecha del presidente cubano, Miguel Díaz-Canel quien lo propuso al Parlamento y consiguió votación unánime.

El texto constitucional 1976 concentraba ambas funciones en el mismo cargo del Presidente, que era de los Consejos de Estado y de Ministros.

Ahora, se deslindaron las funciones de estas figuras políticas. Estableció así en su artículo 128 que el Presidente de la República representa al Estado, dirige su política general, la política exterior, las relaciones con otros Estados y el Consejo de Defensa Nacional, entre otras atribuciones.

Por su parte, el Primer Ministro representa al Gobierno de la República; atiende y controla el desempeño de las actividades de los organismos de la Administración Central del Estado, de las entidades nacionales y de las administraciones locales. (Artículo 144).

La Historia de Cuba recoge que la Constitución de 1940 incluyó por primera vez este último cargo, concebido como enlace entre el poder Ejecutivo y el Legislativo.

Sin embargo, sus funciones se resumieron prácticamente a vocero del presidente. La Ley Fundamental de 1959 avaló que el propio líder de la Revolución Cubana, Fidel Castro fungiera como Primer Ministro del naciente Gobierno Revolucionario. Ese cargo estuvo activo hasta la Constitución de 1976, cuando fue derogado.

El propio líder cubano ocupó los cargos de Presidente del Consejo de Estado y de Ministros de 1976 hasta 2008, refiere el sitio web Soldado de las Ideas.

Ley Electoral, de Símbolos Nacionales y de Pesca

La nueva ley Electoral mantiene al pueblo como encargado de elegir a sus representantes e incluye modificaciones en el número de miembros del Consejo de Estado y la creación del Consejo Electoral Nacional.

Preserva la nominación directa de los candidatos a delegados a las asambleas municipales del Poder Popular, peculiaridad del sistema comicial de la nación antillana.

Propone, entre otros asuntos, la elección de un legislador por cada 30 mil habitantes de un municipio o fracción mayor de 15 mil, o sea, 127 de los 168 municipios tendrán dos representantes.

Establece también que la elección de los gobernadores y vicegobernadores provinciales se realice simultáneamente en todo el país y pauta el procedimiento para llevarla a cabo.

La normativa incorpora que, en el acto de constitución del Parlamento, el presidente de la República toma posesión de su cargo y actúa conforme a lo que disponga el órgano legislativo.

Reconoce dos sufragios periódicos: los municipales, para la elección de los delegados a las asambleas del Poder Popular en esa instancia, sus presidentes y vicepresidentes; y los nacionales.

Por su parte, la Ley de Pesca ordena los recursos pesqueros a partir de la necesidad de protegerlos, conservarlos y manejarlos adecuadamente, tal y como declaró a Prensa Latina el diputado Rafael Pérez.

En tanto, la de Símbolos Nacionales flexibiliza la legislación anterior, aunque mantiene el respeto y veneración de esos atributos; y ratifica que los símbolos patrios de Cuba son la bandera de la estrella solitaria, el escudo de la palma real y el himno de Bayamo, entonado en octubre de 1868 en esa ciudad oriental.

Cambios en el funcionamiento de órganos nacionales y locales de Gobierno

Los diputados aprobaron también una normativa para la organización y funcionamiento del Parlamento y del Consejo de Estado, con lo cual se va hacia una mayor institucionalización de la democracia socialista, como afirmó el presidente de la Comisión de Asuntos Constitucionales y Jurídicos, José Luis Toledo.

Sobre el funcionamiento del Consejo de Estado, se perfecciona la actividad legislativa y cesa la práctica de que muchas cuestiones jurídicas sean reguladas por decretos-leyes y no por leyes, lo cual subraya las facultades del Parlamento.

La otra legislación adoptada fue la de organización y funcionamiento de las Asambleas Municipales del Poder Popular y de los Consejos Populares, que fortalece el trabajo y brinda más autonomía a esos órganos de Gobierno.

Eleva a seis el mínimo de sesiones ordinarias que debe realizar la Asamblea Municipal en un año, ratifica el principio de que esta es el órgano superior del Estado en los municipios, representa a las personas del lugar donde actúa y controla las entidades de producción y servicios locales.

El desafío ahora es traducir en leyes la Constitución para responder a los problemas esenciales del pueblo. Para ello, y antes que termine en 2023 la actual legislatura, la ANPP se propone aprobar 39 legislaciones. (Prensa Latina)