Contribuye el teletrabajo y trabajo a domicilio al ahorro energético en Cuba
La Habana, 23 sep.- El teletrabajo y el trabajo a domicilio son formas de ejercicio laboral institucionalizadas que han ganado fuerza estos días ante la contingencia energética, destaca Juventud Rebelde en una entrevista a Marta Elena Feitó Cabrera, viceministra primera del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, quien considera que ambas oportunidades de empleo deben perdurar.
Opinó la vicetitular que el teletrabajo es un término laboral del que muchos cubanos escucharon por vez primera días atrás, a propósito de las medidas que adopta el país para enfrentar la coyuntura energética provocada por el recrudecimiento del bloqueo de Estados Unidos contra el pueblo cubano.
Este es una práctica, sin embargo, con respaldo legal en la Ley No. 116/2013, Código de Trabajo, que entró en vigor en junio de 2014. La normativa establece en su artículo 20 que la relación laboral se formaliza con el contrato del que son partes el trabajador y el empleador y donde el sitio en el que se ejerce la actividad es acordado mutuamente.
Representa un postulado que forma parte de las cláusulas del contrato, independientemente del tipo que se haya suscrito; o sea, indeterminado o determinado, señaló Feitó Cabrera.
El término teletrabajo no aparece por sí mismo en la Ley No. 116, pero sí se fija que el lugar de trabajo, horario, duración de la jornada y el régimen de trabajo y descanso se acuerda entre las partes y en consecuencia este puede ser en la entidad laboral o el domicilio. Ahí está la fundamentación legal, aclaró.
Feitó Cabrera detalló que se trata de una forma flexible de empleo que permite al trabajador realizarlo sin su presencia física en la entidad durante una parte importante de la jornada de trabajo, y como norma general implica el uso frecuente de las tecnologías de la información y las comunicaciones (TIC), al menos con un mínimo de equipamiento.
“Hablamos, por ejemplo, de computadora, impresora, fax… Dentro de ese equipamiento una de las cuestiones más importantes es que exista conectividad para la comunicación electrónica”.
La gama de actividades es amplia: diseño, arquitectura, análisis y programación, elaboración de dictámenes, proyectos, periodismo… Depende mucho de las responsabilidades que se tengan. Puede desarrollarse lo mismo a tiempo parcial que total, comentó.
“Por ejemplo, en el caso de los profesores universitarios que tienen tiempo de preparación y no necesitan realizarla en la institución docente, pueden cumplirla en su casa e ir a la universidad en el momento que tengan que dar la clase y mantener contactos con el alumno, cumpliendo con la organización para ello dispuesta”, expresó.
Subrayó que con esta forma de empleo se abandona el enfoque tradicional de horas en la oficina por el de horas dedicadas al trabajo, lo cual representa ventajas tanto para el trabajador como para la entidad.
Especificó que “el teletrabajo disminuye los tiempos de desplazamiento hacia el centro laboral, elimina el ausentismo, las llegadas tardes… Además, el acomodo del horario tiende a incrementar la productividad y, por ende, lograr los resultados esperados, e impacta en la reducción de gastos de la entidad, como el uso de la energía eléctrica”.
Informó que, al tener respaldo legal, no se necesitan autorizaciones adicionales, es una facultad de las administraciones en las entidades laborales. Corresponde a los jefes de estas determinar, según las características de las labores, qué se va a realizar en la entidad en sí y qué puede ejecutarse fuera de ella. Claro, esto también depende de las condiciones de aseguramiento que se hayan garantizado al trabajador o las que este tenga y permitan realizarlo a distancia.
En todos los casos el salario se abona en correspondencia con la forma de pago que tiene establecida el trabajador por la labor que desempeña.
Refirió que el trabajo a domicilio es otra alternativa que tienen las entidades, pero este no requiere necesariamente contar con todo el equipamiento de las TIC que demanda el teletrabajo. A lo mejor la persona tiene una computadora y no tiene conexión y desarrolla esta opción.
“En este caso pueden realizar dictámenes, revisar documentos, hacer informes, elaborar artículos… El trabajo a domicilio también tiene una gama amplia de actividades, que incluso puede ser de carácter productivo, como por ejemplo las costureras. Toca a la entidad pactar con el trabajador los períodos que tiene que personarse en el centro laboral a entregar la producción realizada o el trabajo técnico concluido”, dijo.
El avance de la informatización de la sociedad permite que el trabajador no tenga que ir a firmar una nómina para cobrar el salario porque cobran por una tarjeta magnética, eso también constituye una ventaja.
Lo importante es que se planifique bien el trabajo y exista una forma de medir y controlar el resultado final. Eso toca a las entidades, como también establece el Código de Trabajo, suscribir un suplemento al contrato de trabajo, para que las modificaciones produzcan efectos legales, aunque sea por un breve tiempo, como es el caso en la actual situación, manifestó.
Dijo que en su concepción amplia, el teletrabajo no tiene mucha tradición en Cuba, porque el proceso de informatización de la sociedad ha cobrado fuerza en los últimos tiempos.
Eso sí, existen organismos que están más avanzados que otros, pues han podido adquirir equipamiento en el ámbito de las TIC que les permite desarrollar mejor esta forma de empleo. De trabajo a domicilio sí hay antecedente, incluso antes de que el lugar de trabajo se estableciera como una de las cláusulas a pactar, entre los tipos de contratos existió uno denominado Contrato a Domicilio puntualizó.
Afirmó que el teletrabajo está contenido en la política de informatización de la sociedad y desde ahí se pretende potenciarlo. Ya se ha implementado en algunas entidades que tienen creadas las condiciones. El Código de Trabajo da muchas facilidades y tiene aspectos que no se explotan tanto, como es el caso del teletrabajo y el pluriempleo, que nosotros como organismo rector estamos impulsando.
La cubana es una sociedad que envejece, hay personas que por la propia edad tienen movilidad restringida; entonces, el teletrabajo es una opción buena y viable, una opción que tiene que seguir potenciándose si la naturaleza del trabajo que se realiza y las condiciones tecnológicas lo permiten, explicó.
Ambas formas de empleo —teletrabajo y trabajo a domicilio— no son privativas de este período, cuando concluya esta contingencia, la administración de la entidad puede mantener a los trabajadores en ellas si antes no las habían aplicado. Como norma, el teletrabajo debe perdurar, opinó.
Finalmente debemos apuntar que el conjunto de medidas establecidas ha tenido un principio: garantizar la vitalidad y funcionamiento del trabajo. Ninguna va en detrimento de lo que está establecido, hay que reorganizar nuestras fuerzas de trabajo y seguir garantizando la productividad, porque Cuba no está paralizada, sigue avanzando. Son tiempos de seguir despertando en todos, el amor por el trabajo, enfatizó Feitó Cabrera. (Texto y Fotos: ACN)