Entrarán en vigor hoy subsidios para la construcción

Entrarán en vigor hoy subsidios para la construcciónLa Habana, 15 ene .- La concesión de subsidios a personas y núcleos familiares de poca solvencia económica para realizar labores de construcción y reparación de viviendas por esfuerzo propio, entrará en vigor en Cuba a partir de mañana.

En amplia información al respecto, el periódico Granma anuncia que están listas las condiciones para la evaluación y entrega de la ayuda con esos fines, medida tomada por primera vez, consistente en subsidiar a las personas y no productos.

Según Raquel Rodríguez, de la Comisión Permanente de Implementación y Desarrollo de los Lineamientos de la Política Económica y Social del Partido (Comunista de Cuba) y la Revolución, esa disposición, aprobada por el Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros en diciembre de 2011, responde al contenido de los Lineamientos 173 y 299.

El primero se refiere a eliminar las gratuidades indebidas y los subsidios excesivos, bajo el principio de compensar a las personas necesitadas y no subsidiar productos, de manera general, expresó Rodríguez, en un material publicado a principios de este año por Juventud Rebelde.

Según el 299, “los materiales de la construcción con destino a la conservación, rehabilitación y construcción de viviendas se venderán a precios no subsidiados. En los casos que se requiera, se aplicará el subsidio a las personas, parcial o totalmente, dentro de los límites planificados”.

En el espacio televisivo de la Mesa Redonda que el jueves último trató el tema, se esclareció que el subsidio no es una prestación de la asistencia social, ni un crédito reintegrable, se entrega para ejecutarlo y el único compromiso es darles solución a los problemas habitacionales, de acuerdo con el contrato establecido.

También se precisó que, para acceder a esta ayuda, las personas deben dirigirse a las oficinas de trámite del municipio donde residen, en tanto la entrega tendrá un orden de prioridad.

Primero serán atendidas las familias afectadas por catástrofes (ciclones, inundaciones, deslizamientos de tierra, incendios, entre otras), con pérdida total o parcial de sus viviendas, y los casos sociales críticos, con condiciones habitacionales vulnerables.

Para aprobar los montos (la cifra máxima es de 80 mil pesos), son tomadas en cuenta la envergadura de las labores de reparación o si es un caso de construcción.

A fin de verificar la información, el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social designa un funcionario que revisa las particularidades de cada caso, mientras que la entrega corresponde a los gobiernos territoriales.

Esta modalidad de ayuda a personas sin solvencia financiera, se basa en un compromiso jurídico y moral, que obliga al individuo a cumplir lo pactado.(AIN)